Marcas no tradicionales: olores, sonidos y siluetas también se registran - imagen 1 Marcas no tradicionales: olores, sonidos y siluetas también se registran - imagen 2 Marcas no tradicionales: olores, sonidos y siluetas también se registran - imagen 3 Marcas no tradicionales: olores, sonidos y siluetas también se registran - imagen 4 Marcas no tradicionales: olores, sonidos y siluetas también se registran - imagen 5
Marcas

La estrategia de protección de Disney suele citarse por el personaje. Lo interesante, visto desde el expediente, es todo lo demás: la silueta minimalista de las tres esferas, la ambientación de los parques, los sonidos asociados a sus producciones.

No es excentricidad corporativa. Es el uso completo de un catálogo de figuras que la mayoría de las empresas ni siquiera sabe que existe.

Qué puede constituir una marca en México

El artículo 172 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial es más amplio de lo que se cree. Pueden constituir marca:

  • Denominaciones, letras, números, elementos figurativos y combinaciones de colores.
  • Hologramas.
  • Formas tridimensionales.
  • Sonidos.
  • Olores.
  • La pluralidad de elementos de imagen: tamaño, diseño, color, disposición de la forma, etiqueta, empaque o decoración que, combinados, distingan un producto o servicio.
  • Marcas de posición, de movimiento y multimedia, incorporadas por la reforma publicada en el Diario Oficial el 3 de abril de 2026.

Esa última adición es reciente y todavía poco aprovechada: abre la puerta a proteger, por ejemplo, la ubicación constante de un elemento en el producto, o una animación de marca.

El requisito sigue siendo el mismo: distintividad

Ninguna de estas figuras se concede por ser original. Se concede si el signo distingue el origen empresarial.

Por eso no es registrable la forma impuesta por la naturaleza o la función del producto, ni la que se ha hecho de uso común. Y por eso un color aislado, en principio, no basta: requiere estar combinado o acompañado de otros elementos que le den carácter distintivo.

El otro acierto: registrar la versión simplificada

Tener registrado el dibujo completo y, además, la silueta reducida no es redundancia. Es cobertura.

Un tercero que copie la versión esquemática podría argumentar que no reproduce el signo registrado. Con ambos registros, esa defensa desaparece.

La misma lógica aplica a cualquier negocio: conviene proteger el logotipo completo y también el isotipo, el símbolo suelto o la versión que realmente se usa en redes y empaques.

Y la cobertura por clases

Contenido, experiencias y productos físicos pertenecen a clases distintas de la Clasificación de Niza. Proteger la marca en una sola no impide que otro la use en las demás, por el principio de especialidad.

Qué revisar en tu marca

  • ¿Registraste solo el nombre, o también el logotipo y el símbolo por separado?
  • ¿Hay una forma de envase, una ambientación o un sonido que tus clientes asocien contigo?
  • ¿Las clases cubren todo lo que vendes hoy y lo que planeas vender?

Si quieres saber qué elementos de tu marca podrían protegerse y no lo están, escríbenos: la revisión es sin costo.

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